La nueva línea de ayudas por cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia, que se impulsa desde el Gobierno del Estado, en el marco de la lucha contra los efectos de la crisis económica provocada por la pandemia de la Covidien-19.
¿Qué alcance tienen estas ayudas los autónomos?
Es una prestación extraordinaria por cese de actividad dirigida a todos los autónomos, cualquiera que sea su forma jurídica. Tanto si se trata de una sola persona, como si son societarios.
Quién puede solicitarlos?
Todo aquel que tenga previsto sufrir una reducción superior al 50 por ciento de sus ingresos durante el primer semestre de este año, en relación al segundo semestre de 2019.
El que no haya obtenido en el primer semestre de 2021 rendimientos netos superiores a 7.980 euros. Quien estuviera de alta el 1 de enero de 2020.
Como se pueden pedir?
Para poderse acoger sólo hay que presentar la solicitud, con el impreso específico, a la respectiva mutua colaboradora de la Seguridad Social. Los interesados podrán acogerse a estas ayudas durante los primeros 21 días naturales del mes de febrero, por cobrar desde el día 1 de febrero.
¿Qué cantidad se percibirá mientras se esté parado?
El 70 por ciento de la base reguladora más la cuota de contingencias comunes de la cotización de autónomo. Hay que recordar que esta prestación finalizará el próximo 31 de mayo.
Este artículo es propiedad de Datos Servicios, si necesitas más información no dudes en contactar con DATOS y SERVICIOS.