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Convocatoria anticipada 2022 subvenciones para la contratación laboral de personas de 30 y más años

Se ha publicado la “RESOLUCIÓNEMT/3840/2021, de 22 de diciembre, por la que se abre la convocatoria anticipada para el año 2022 para la concesión de subvenciones para la contratación laboral de personas de 30 y más años (SOC -CONT30IMES) (ref. BDNS 602996)” en el marco de la “ OrdenEMT/214/2021 de 17 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de fomento del empleo y de la contratación depersonas en situación de desempleo (SOC-CONTRATACIÓN) ”.

El plazo de presentación de solicitudes comienza el 10 de enero de 2022 a las 9:00 horas y finaliza el día 31 de mayo de 2022, a las 15:00 horas.

En cuanto al importe de la subvención , se establece una cuantía de módulo económico mensual de 1.473,71 euros y diario de 48,45 euros.

Son subvencionables los contratos indefinidos y contratos temporales con una duración mínima de 12 meses, con excepción de los contratos de relevo, de interinidad en todas sus modalidades, los contratos para la formación y el aprendizaje y los contratos en prácticas. Los contratos deben celebrarse a tiempo completo y tener el centro de trabajo ubicado en Cataluña.

El período subvencionable se determina en función de la fecha de suscripción del contrato y de la fecha de finalización del programa y debe ser como máximo de 12 meses. No se subvencionará el período de contrato que vaya más allá de 31 de diciembre de 2022.

Para esta convocatoria se establece un número máximo de 5 contratos subvencionables por persona o entidad beneficiaria y no se contemplan sustituciones en el caso de bajas prematuras de las personas contratadas.

Pueden ser beneficiarias de esta subvención las siguientes personas o entidades constituidas legalmente y con establecimiento operativo en Cataluña:

- Las entidades sin ánimo de lucro, así como las asociaciones y fundaciones;

- Las cooperativas de trabajo asociado.

- Personas físicas o jurídicas privadas, y las comunidades de bienes, con capacidad para suscribir, como empresarias, un contrato de trabajo.

Para esta convocatoria, las personas destinatarias son:

- Personas en situación de desempleo de 45 o más años.

- Personas desempleadas de 30 años y más, si son mujeres o personas desempleadas de larga duración.

Se entiende por persona desempleada de larga duración la persona demandante de empleo, en situación de desempleo o no dada de alta en la Seguridad Social un mínimo de 12 meses, continuados o no, durante los últimos 18 meses anteriores a la contratación laboral objeto de la solicitud.

Las personas destinatarias tendrán que estar inscritas en la Oficina de Trabajo correspondiente del Servicio Público de Empleo de Cataluña como personas demandantes de empleo, entre otros requisitos de acuerdo con el artículo 5 de la Resolución EMT/3840 /2021, de 22 de diciembre.

El formulario de solicitud se puede obtener en el Canal Empresa ( http://canalempresa.cat ) o en el apartado «Trámites» de la web de la Generalidad de Cataluña ( http://tramits.gencat.cat ), concretamente buscando el trámite “Fomento del empleo y la contratación del Servicio Público de Empleo de Cataluña” en el buscador y una vez cumplimentado con la preceptiva documentación anexa y el resto de trámites asociados al procedimiento, incluida la justificación, deben presentarse por medios electrónicos, a través del portal corporativo de tramitación Canal Empresa ( http://canalempresa.gencat.cat) o del apartado «Trámites» de la Generalidad de Cataluña ( http://tramits.gencat.cat ). En cuanto a la documentación que debe adjuntarse, véase el artículo 9 de la Resolución EMT/3840/2021, de 22 de diciembre.

Si tiene previsto solicitar la ayuda le recomendamos que revise las bases, la convocatoria y la guía de prescripciones técnicas . La guía amplía la información, explica con detalle los pasos a seguir, detalla los enlaces para la obtención de la documentación que hay que presentar, explica cómo rellenarla e incluso está el enlace desde donde se puede solucionar licitar la ayuda.

Para cualquier duda o consulta puede dirigirse al siguiente buzón de contacto: contractes30.soc@gencat.cat.