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Convocatoria de subvenciones de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas

Objeto:

Convocar las subvenciones del programa de incentivos para las actuaciones de instalaciones de energías renovables térmicas en Cataluña, vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023.

Presupuesto:

El importe máximo destinado a la concesión de las subvenciones es de 26.494.132,00 euros

Personas beneficiarias: Las personas beneficiarias según el artículo 17 del Real decreto 1124/2021 y apartado 7 de la presente convocatoria serán:

Programa de incentivos 1:

  • Personas físicas
  • Personas jurídicas
  • Administraciones Públicas, entidades de derecho privado u organizaciones privadas sin ánimo de lucro
  • Agrupaciones, consorcios u otras formas de colaboración de las figuras anteriores, con o sin personalidad jurídica

Programa de incentivos 2:

  • Entidades locales o supralocales.
  • Administraciones Públicas, entidades de derecho privado u organizaciones privadas sin ánimo de lucro
  • Agrupaciones, consorcios u otras formas de colaboración de las figuras anteriores, con o sin personalidad jurídica

Actuaciones subvencionables:

Serán actuaciones subvencionables las relacionadas con los programas de incentivos (artículo 18 del Real decreto 1124/2021, de 21 de diciembre) las siguientes:

Programa de incentivos 1 : Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en los sectores industrial, agropecuario, servicios y/u otros sectores de la economía, incluyendo el sector residencial.

Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público.

Las actuaciones subvencionables deben realizarse en instalaciones ubicadas en Cataluña.

Las actuaciones subvencionables del programa de incentivos 1 deben realizarse con posterioridad a la fecha del registro de la solicitud de la ayuda, y las del programa de incentivos 2, con posterioridad a la publicación en el Boletín Oficial de el Estado del Real Decreto 1124/2021, en ambos casos.

Plazo:

El plazo de presentación de solicitudes se inicia desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el DOGC (publicada el 02 de agosto de 2022) y finaliza el 31 de diciembre de 2023.

Solicitudes:

Las solicitudes deben presentarse exclusivamente por medios telemáticos en este enlace.