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MUPITI, LA MUTUA DE LOS INGENIEROS

Somos la alternativa al Régimen de Autónomos de la Seguridad Social (RETA), por lo que, en exclusiva, los ingenieros técnicos industriales o los graduados en ingeniería de la rama industrial pueden ejercer la profesión sin darse de alta en el RETA y optando por hacerlo a Mupiti, con muchas ventajas.

Esta previsión social, complementaria o alternativa al sistema público de la Seguridad Social, se plasma en las siguientes coberturas propias:

  • Jubilación
  • Viudedad
  • Orfandad
  • Invalidez permanente parcial y absoluta por enfermedad y accidente
  • Muerte por accidente
  • Fallecimiento
  • Gran dependencia y dependencia absoluta

PRODUCTOS DE VIDA , una garantía económica para los tuyos por incapacidad o fallecimiento, con flexibilidad de contratar las coberturas o garantizar el pago de tu hipoteca.

PRODUCTOS DE ACCIDENTES , total seguridad frente a los imprevistos en cualquier parte del mundo.

PRODUCTO DE PROTECCIÓN , Protección de asegurado frente a cualquier imprevisto.

PRODUCTOS DE JUBILACIÓN , con rentabilidad garantizada mayor participación en beneficios.

PLAN DE PREVISIÓN ASEGURADO.

PRODUCTOS DE INVERSIÓN , rentabilidad garantizada más participación en beneficios.

Como novedad te presentamos el seguro de MUPITI por autónomos que permite desgravar hasta otros 4.250 euros.

La Ley 12/2022, que entró en vigor el 2 de julio de 2022, introduce novedades por el impulso del ahorro de los profesionales autónomos a través de los “Planes de Empleo Simplificados (PPES)”. La fecha de efecto de las novedades fiscales que introduce esta norma es el 1 de Enero de 2023.

Una de las modalidades previstas son los planes de pensiones de trabajadores por cuenta propia o autónomos, que podrán ser promovidos por Mutualidades de Previsión Social. En esta modalidad los partícipes exclusivamente tendrán que ser personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos.

La Ley 12/2022 incorpora la modificación de la Ley del IRPF en referencia a los límites de reducción y el límite financiero de aportaciones y contribuciones a los sistemas de previsión social del artículo 51 (Planes de Pensiones, Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurado, Planes de Previsión Social Empresarial y seguros.

El límite máximo conjunto por las reducciones en base imponible previstas en el artículo 51 de la Ley del IRPF, será la menor de las dos cantidades siguientes:

  • El 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio
  • 1.500 euros anuales

Este límite anterior, puede incrementarse en 4.250 euros siempre que el incremento proceda de aportaciones a Mutualidades de Previsión Social

Así, MUPITI ha diseñado el nuevo seguro "Previsión Social Complementaria Autónomos" que puede ser suscrito por los profesionales autónomos que son ingenieros técnicos y están colegiados. Mediante el nuevo seguro, que estará en vigor a partir de Enero de 2023, podrán realizar aportaciones con un máximo anual de 5.750 euros (1.500 + 4.250) y que podrán desgravarse fiscalmente.

Se debe tener en cuenta que si el asegurado/partícipe dispone de varios sistemas de previsión social, las aportaciones y desgravación al conjunto de todos ellos no deben exceder de este límite anual.

¿Quieres más información? Solicítala al teléfono 695 314 297 oa erika.recio@mupiti.com