Las empresas que tengan más de 50 trabajadores tendrán que disponer, antes del 10 de abril de 2025, de un plan para la igualdad laboral y contra el acoso y la violencia en el trabajo de las personas del colectivo LGTBI, según se recoge en el Real Decreto 1026/2024.
Te presentamos los aspectos más relevantes de esta nueva norma.
El Plan LGTBI deberá formar parte de los protocolos de la empresa antes de la fecha establecida, tanto si éste ha sido consensuado con el Comité de Empresa como si no . Si no se llega a un acuerdo, las empresas aplicarán las medidas establecidas en el texto del Real Decreto.
Los convenios o acuerdos colectivos deben recoger cláusulas que contribuyan a crear un contexto favorable a la diversidad y hacer una referencia expresa no sólo a la orientación sexual y la identidad de género, sino también a la expresión de género ya la diversidad familiar.
Además, deberán integrar en sus planes de formación módulos específicos sobre los derechos de las personas LGTBI y medidas que atiendan a la realidad de las familias diversas, cónyuges y parejas de hecho LGTBI.
Por otra parte, los convenios deben incluir como sanciones muy graves los ataques a la libertad sexual de los trabajadores. La Inspección de Trabajo estará dotada para vigilar su cumplimiento y sancionar en los casos pertinentes.
El protocolo contra el acoso no sólo se aplicará a las personas que trabajan en la empresa, también a quienes solicitan un puesto de trabajo, al personal de puesta a disposición (es decir, el acordado entre una empresa de trabajo temporal y una empresa usuaria), proveedores, clientes y visitas.
Y las empresas de 50 trabajadores o menos podrán negociar estas medidas de forma voluntaria. Al margen del tamaño de la compañía, la norma se aplicará a toda la plantilla, incluyendo a los empleados puestos a disposición.
¿Cuál es el contenido de los planes?
Los planes LGTBI deben contener cláusulas de igualdad de trato y no discriminación, medidas para que las empresas contribuyan a su contratación, garantía para el desarrollo de la carrera profesional y promoción, además de formación para los empleados de la empresa sobre sensibilización con el colectivo y utilizar un lenguaje correcto y respetuoso.
Asimismo, deben garantizar los permisos y beneficios sociales, reconocer los diferentes tipos de familias y tener un régimen de infracciones y sanciones por comportamientos que atenten contra la libertad sexual, la orientación o la forma de expresarse.
También es obligatorio un protocolo de prevención y actuación contra el acoso y la violencia.
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