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Decreto ley de medidas urgentes para la emergencia climática

Elimina barreras administrativas para la implantación de energía eólica y fotovoltaica, y agiliza la tramitación

El Consejo Ejecutivo ha aprobado un decreto ley de medidas urgentes para la emergencia climática y el impulso a las energías renovables. El texto elimina barreras administrativas para la implantación de energías eólica y fotovoltaica, y soluciona diversos aspectos de la Ley del cambio climático que habían sido declarados inconstitucionales. El decreto ley deberá ser validado por el Parlamento en los próximos 30 días.

Para cumplir con los objetivos establecidos en la Ley del cambio climático, Cataluña necesita 4.000 MW eólicos y 6.000 MW solares fotovoltaicos instalados en el año 2030. Actualmente tiene 1.270 MW eólicos y 276 MW solares.

Implantación de parques eólicos y de energía fotovoltaica: el decreto ley deroga el Decreto 147/2009, que limitaba la implantación de parques eólicos y fotovoltaicos en Cataluña, y establece un nuevo procedimiento de tramitación más ágil.

Energías renovables en el ámbito urbano: la norma modifica la Ley de urbanismo para simplificar la instalación de energías renovables en el ámbito urbano, con la voluntad de favorecer la implantación de sistemas de autoproducción en los edificios y en el espacio público de las ciudades.

Electrificación de los puertos: se recuperan artículos anulados por el Tribunal Constitucional, redactados de acuerdo con la sentencia. En concreto, se fija la neutralidad de emisiones de CO2 para el horizonte 2050, la electrificación de los puertos de la Generalitat, la limitación al fracking o la penetración de la movilidad eléctrica en el sector del transporte.

Prohibición del coque y carbón en nuevas instalaciones: prohibición de utilizar carbón y coque de petróleo en estufas y calderas en nuevas instalaciones, además de un periodo transitorio de cuatro años para sustituirlos por otros combustibles con menos impacto .