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El 18 de septiembre termina la prórroga para la ejecución de instalaciones de BT según el reglamento de 1973

El día 18 de septiembre de 2005 termina la prórroga para la ejecución de las instalaciones eléctricas de baja tensión de acuerdo con el REBT-73. Os recordamos que es necesario presentar en el Colegio y en la Generalitat toda la documentación propia de la clase C.

La disposición transitoria tercera del Real Decreto 842/2002 de 2 de agosto, por el que se aprobaba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) y sus instrucciones técnicas complementarias (ITC-BT), estableció el procedimiento específico por lo que se refiere al plazo para la ejecución de las instalaciones de BT según el reglamento de 1973.

Esta disposición permitía una prórroga para la ejecución de aquellas instalaciones de las que ya se habían presentado antes la documentación técnica en la Comunidad Autónoma, que fuesen de conformidad con lo dispuesto por el Real Decreto 2413/1973 de 20 de septiembre y que para su legalización requieren un proyecto y una dirección de obra.

Ante la pronta finalización de esta prórroga, cabe recordar que todos aquellos profesionales que se acogieron a esta, en todo caso antes de este próximo día 18 de septiembre de 2005 deberán presentar una vez finalizada la instalación, en el Col colegio y en el EIC concesionaria de la Generalidad de Cataluña que corresponda toda la documentación propia de la clase C de acuerdo con la Orden del Departamento de Industria y Energía de 14 de mayo de 1987 y modificaciones posteriores.